Ejemplos a tomar en cuenta

Knéset - Foto: Wikipedia - CC BY 2.5

Mauricio Aliskevicius

Sano y útil consejo, puede ser también útil y sano mirar lo que hacen otros que no son vecinos, y especialmente cuando las “barbas que arden” son las nuestras y no otras.

Nos referimos al gran problema ocasionado por el proyecto a estudio de la Knéset de reformas en el Poder Judicial, que no sólo está causando grandes movilizaciones de protesta.

Recordando lo que rige en mi país de nacimiento, Uruguay, que con pequeñas modificaciones siempre estuvo establecido en las diferentes Constituciones, y recordando también cómo el poder político se saltó algún detalle en una oportunidad, vemos una posible solución al problema vigente y candente.

Haremos un paralelo a lo establecido en la constitución uruguaya y lo que debería ser aprobado en nuestro Estado e Israel, con la aclaración de que no somos profesionales en leyes. Decimos en primer término lo vigente en Uruguay y después lo que creemos conveniente en Israel.

1 – La Suprema Corte de Justicia consta de 5 miembros.
En Israel que sean quince parecería demasiado, un aumento en la burocratización. Por una parte, dificulta el ponerse de acuerdo, por otra parte, tal vez se logra mayor representatividad de la población nada homogénea. Pero a su vez mantiene una proporcionalidad con el tamaño de la población, que es aprox. el triple que la uruguaya.

2 – Sus miembros deben tener un mínimo de 40 años de edad y un máximo de 70.
Lo del mínimo no sería necesario pues con otras exigencias ya se logra una madurez que estaría rondando esa edad. El tope de 70 años resulta obsoleto dada la evolución de la humanidad, por lo que debería ser mayor o simplemente eliminarse.

3 –  Deberán ser ciudadanos naturales (nacidos uruguayos), o ciudadanos legales con 10 años de tener esa condición y 25 de residencia en el país.
Estos números podrán ser elásticos pues la Ley de Retorno vigente en Israel hace diferente la situación de los posibles candidatos.

4 – Ser abogado con diez años de antigüedad o haber ejercido con esa calidad la Judicatura o el Ministerio Público o Fiscal por espacio de ocho años. Algo similar no estaría mal.

5 –  Son designados por un mínimo de dos tercios de la Asamblea General (la suma de las Cámaras de Diputados y Senadores). Siendo nuestro Poder Legislativo unicameral, dos tercios de votos en la Knéset sería algo correcto, porque contemplaría la necesidad de votos tanto de la coalición gobernante como de parte de la oposición, si tomamos en cuenta el historial de las coaliciones de gobierno.

Podría también hacerse un escalafón obligatorio. Por ejemplo, que para acceder a miembro de la Suprema Corte haya que ser primero juez en distintos grados.

La nominación a candidato debería ser hecha por la Suprema Corte por una mayoría especial, y si no se llegara a un acuerdo, se presentaría como candidato al juez que más antigüedad tuviera como tal y que reuniera todas las demás condiciones. Podría también incluir en esta etapa al Colegio de Abogados, como podría ser que el Colegio presentara una lista de candidatos y la Corte seleccionara a uno de esos candidatos.

En cuanto a los temas en los que tendrían competencia y los que no, habría que nombrar una comisión de expertos independientes de partidos políticos, cuya resolución fuera aprobada por la Knéset con una mayoría especial. Siempre debería usarse las mayorías especiales para así hacer imprescindible la aprobación de por lo menos parte de la oposición.

En Uruguay la Suprema Corte de Justicia no puede tener iniciativas en expedientes, solamente puede actuar cuando los expedientes llegan a ella después de haber pasado por las distintas etapas de apelaciones. En Israel no se le puede quitar el derecho a declarar inconstitucional alguna ley aprobada en la Knéset, pero a su vez se le debe permitir a la Knéset revocar el fallo con una mayoría especial, que podría ser de dos tercios, tres cuartos, o alguna cifra en ese entorno.

Esto equilibraría los poderes y sus respectivas independencias.

Hay otros temas legales urticantes, que dejamos para otra oportunidad. La independencia de poderes y balancear sus atribuciones son fundamentales, como es también fundamental lograr que se haga una Constitución que rija la política y la Ley.

Comenzamos este artículo con un antiguo refrán español, lo terminaremos con un trozo literario clásico de un argentino: parte de los consejos del viejo Vizcacha, de «La Vuelta de Martín Fierro» (1879) de José Hernández:

Los hermanos sean unidos
Porque esa es la ley primera;
Tenga unión verdadera
En cualquier tiempo que sea,
Porque si entre ellos pelean,
Los devoran los de afuera”.

                                                                                

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