Unión Europea: no es discriminatorio prohibir el velo islámico

14 marzo, 2017
Foto: Firdaus Latif Wikimedia CC BY-SA 2.0

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estimó que no es discriminatorio que una empresa privada prohíba a sus empleados lucir el velo islámico o el uso visible de cualquier signo político, filosófico o religioso.

La máxima instancia judicial de la Unión Europea (UE), no obstante, consideró que una norma interna en ese sentido sí podría resultar discriminatoria si ocasiona «una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas», según indicó en un comunicado.

El TJUE se pronunció así en respuesta a una consulta del Tribunal de Casación de Bélgica ante el caso de una mujer que fue despedida por no respetar la norma interna de su empresa que prohibía lucir prendas de tipo religioso para mantener la «neutralidad» de cara a los clientes.

Foto: Hijabis4ever  Wikimedia CC BY-SA 3.0
Foto: Hijabis4ever Wikimedia CC BY-SA 3.0

La demandante en cuestión, Samira Achbita, fue contratada en 2003 como recepcionista por la compañía GS4, que presta servicios para el sector público y privado.

En abril de 2006, Achbita informó a la empresa de su intención de lucir pañuelo islámico en el trabajo, a lo que la firma respondió que no toleraría el uso de tal prenda porque «ostentar signos políticos, filosóficos o religiosos era contrario a la neutralidad que la empresa había impuesto para seguir en las relaciones con sus clientes», recordó el tribunal.

Tras un período de baja por enfermedad, la empleada se reincorporó a su actividad laboral el 15 de mayo y anunció que lo haría cubierta con el pañuelo islámico, a lo que la empresa reaccionó modificando el reglamento interno para prohibir expresamente ese atuendo.

Foto: Aleksandr Markin Wikimedia CC BY-SA 2.0
Foto: Aleksandr Markin Wikimedia CC BY-SA 2.0

«Se prohíbe a los trabajadores llevar signos visibles de sus convicciones políticas, filosóficas o religiosas u observar cualquier rito derivado de éstas en el lugar de trabajo», señalaba la norma de GS4, que Acbita decidió incumplir, por lo que fue despedida.

La ex empleada recurrió a la Justicia belga, que trasladó la cuestión al Tribunal de Justicia de la UE para establecer si esa decisión constituye una discriminación directa.

Según la legislación europea, recordó el tribunal, el «principio de igualdad» no permite ningún tipo de discriminación directa o indirecta basada, entre otros, en motivos religiosos.

Pero entendió que la norma de la empresa «trata por igual a todos los trabajadores ya que les impone, de forma general e indiferenciada, una neutralidad indumentaria».

«En consecuencia, tal norma interna no establece una diferencia de trato basada directamente en la religión», razonó el tribunal.

No obstante, el TJUE matizó que es posible que el tribunal belga considere que sí lo hace si se acredita que la «obligación aparentemente neutra» ocasiona, de hecho, una «desventaja a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas».

«El deseo de un empresario de ofrecer una imagen neutra ante sus clientes tanto del sector público como del sector privado tiene un carácter legítimo, en particular cuando sólo atañe a los trabajadores que están en contacto con los clientes, ya que dicho deseo está vinculado a la libertad de empresa», señaló el tribunal europeo.

Agregó que le corresponde al juez nacional belga comprobar si GS4 había establecido, con anterioridad al despido de la trabajadora, un «régimen general diferenciado en la materia».

El tribunal nacional deberá también contrastar si GS4 no tenía más opción que despedir a la empleada o si, por el contrario, podía haberle ofrecido otro puesto de trabajo que no le obligara a estar en «contacto visual» con los clientes. EFE

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7 thoughts on “Unión Europea: no es discriminatorio prohibir el velo islámico”
  1. La sociedad civilizada tiene normas, que deben ser respetadas por todos y si la empresa pretende un halo de neutralidad, tiene el derecho a hacerlo. Es probable que en los sueldos figure un plus economico por vestimenta, telefono celular u otras prevendas, para que sus empleados tengan una imagen que la empresa quiera. Por ejemplo, que los hombres no vayan en sandalias y/u otros rasgos que deterioran la imagen de sus empleados. Los delantales escolares eran una forma de uniformar a los alumnos, para que muchos no exiban su ropa de ricos o de pobres.

  2. Berta
    Estoy totalmente de acuerdo ,el trabajo no es un club de fin de semana,a mis empleados no les permitía ir en ojotas x seguridad,y a las mujeres en polleras muy cortas o short.El trabajo no es un circo.

  3. Si la empresa no quiere que se use kipa, pues no se usa, al igual que el velo, al igual que alguien use ropa de Ari Krishma o un turbante indu. etc Salvo que a la empresa no le interese o que sus dueños o directores, tengan una orientacion de alguna de ellas. Por ejemplo si el dueño o director es un judio, puede autorizar solo el uso de la quipa, pues quiere esa imagen y ademas puede que trabaje con religiosos de diversos paises. Solo que la misma opcion es para el resto, por e j. una empresa arabe que quiere que su imagen sean de mujeres con velo o burka. Nadie puede imponer a una empresa su observancia religiosa, en ese caso que se busque otro empleo

  4. Si prohiben la kipa diran que es antisemitismo a proposito en la Argentina un ministro usa kipa y nadie se lo cuestiona eso se llama democracia

  5. Haber las normativas internas de cada empresa se las aprende cuando uno ingresa a una empresa y se firma el contrato cuando uno firma acepta todo eso osea que el incumplimiento de la normativa trae una sancion( multas, despidos, etc); segundo el velo trea un problema adicional que es legitimo debatir; la kipa no resulta un estorbo en un contexto de negocios el velo si ya que crea problemas en los entornos laborales occidentales ni mencionar un chador o burka y tambien los judios sabemos muy bien que nuestra idiosincrasia es particular y puede molestar a las personas ( que tal si yo pido empleo en una empresa y luego los demando porque me hacen trabajar en shabbat y luego digo que eso es discriminacion religiosa???????? no tiene mucho sentido verdad???) peor aun en un entorno como empleado por eso siempre se alienta dentro de las comunidades judias a emprender negocios propios para ser independientes y no molestar a otros y con nuestras dietas, atuendos u horarios; la tolerancia es buena siempre y cuando no afecte a otros de manera directa y el primero que debe practicarla es uno mismo.

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