Carta abierta a la Corte Penal Internacional

A la izquierda edificio de la Corte Penal Internacional en La Haya. Foto: Wikipedia - CC BY-SA 4.0

Señores integrantes de la
Corte Penal Internacional – Org. de las Naciones Unidas

De mi consideración:

Como aclaración previa, los trato a ustedes de “señores” porque lo exige mi educación, y de ninguna manera porque ustedes se merezcan el respetuoso título de señores. Los títulos que en la realidad ustedes merecen no los puedo escribir públicamente por el motivo mencionado; mi educación me impone ciertas restricciones.

Leyendo el Estatuto que rige (o debería regir) la constitución de esa Corte y los derechos y deberes, me encuentro con contradicciones que considero graves, especialmente en lo que respecta a lo que ustedes hacen y lo que según estatutos deberían hacer. Paso a detallar.

“CAPÍTULO I – ORGANIZACIÓN DEL TRIBUNAL

Artículo 2

La Corte estará integrada por un cuerpo de jueces independientes, elegidos independientemente de su nacionalidad entre personas de alta moral, que posean las calificaciones requeridas en sus respectivos países para el nombramiento a los más altos cargos judiciales, o sean jurisconsultos de reconocida competencia en asuntos internacionales. ley.

Ya aquí me encuentro con un incumplimiento. Y por triplicado:

     

      1. no todos los jueces son independientes, y eso está demostrado por sus actitudes.

      1. no todos fueron elegidos independientemente de su nacionalidad, y

      1. no todos fueron elegidos entre personas de alta moral.

    “Artículo 4

    1. Los miembros de la Corte serán elegidos por la Asamblea General y por el Consejo de Seguridad de una lista de personas designadas por los grupos nacionales en la Corte Permanente de Arbitraje, de conformidad con las siguientes disposiciones.

    2. En el caso de los Miembros de las Naciones Unidas no representados en la Corte Permanente de Arbitraje, los candidatos serán nominados por grupos nacionales designados a tal efecto por sus gobiernos en las mismas condiciones que las prescritas para los miembros de la Corte Permanente de Arbitraje por Artículo 44 de la Convención de La Haya de 1907 para el arreglo pacífico de controversias internacionales.

    3. Las condiciones en que un Estado que sea parte en el presente Estatuto, pero no sea Miembro de las Naciones Unidas podrá participar en la elección de los miembros de la Corte serán fijadas, a falta de un acuerdo especial, por la Asamblea General. Asamblea por recomendación del Consejo de Seguridad.”

    En este artículo se chocan conceptos. Por un lado, los electores son miembros de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad. Por el otro, esos electores deben elegir personas de “alta moral” (art.2 item c). Vemos que un muy alto (demasiado) porcentaje de electores no están habilitados por no ser ellos personas de alta moral, o representar a países donde la moral de los gobernantes está por el suelo. Vean ustedes cuántos países dictatoriales y cuántas teocracias votan. Tomen nota de cuántos países respetan los derechos humanos. Se puede afirmar que no hay ningún continente donde todos los países respeten los derechos humanos y sean gobernados democráticamente, tal vez con la excepción del continente australiano si no analizamos a fondo la situación política de todas sus pequeñas islas.

    “Artículo 6

    Antes de realizar estas nominaciones, (candidatos) se recomienda que cada grupo nacional consulte a su más alto tribunal de justicia, sus facultades y escuelas de derecho, y sus academias nacionales y secciones nacionales de academias internacionales dedicadas al estudio del derecho.”

    En la enorme cantidad de dictaduras que conforman las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad, ¿hay alguna constancia de que se cumple este artículo? En la mayoría ni siquiera existen o funcionan como tales, independientes del dictador, los tribunales de justicia, facultades y academias.

    “Artículo 9

    En cada elección, los electores tendrán en cuenta no sólo que las personas que hayan de ser elegidas deben poseer individualmente las cualidades requeridas, sino también que en el conjunto la representación de las principales formas de civilización y de los principales sistemas jurídicos del país. el mundo debería estar asegurado.”

    Este artículo parece extraído de un cuento de hadas. Fíjense ustedes qué seguro podemos tener de países como los siguientes, que nombraremos unos pocos como ejemplo.

    Rusia – Invadiendo con su ejército a Ucrania, quitándole ciudades enteras y masacrando a su población, todo bajo el gobierno eterno de Vladimir Vladimirovich Putin. Sus “elecciones democráticas” son para reírse.

    Irán – Principal organización del terrorismo a nivel mundial, teocracia que asesina a todo disidente, a los homosexuales, a las mujeres que no usan el velo de acuerdo a lo que dictamina su “policía de la moral”. Si las elecciones rusas son para reírse, éstas son para llorar.

    Siria – Gobernada por un dictador asesino que hasta utiliza armamento químico contra su población. 600.000 asesinados y millones de desplazados.

    Arabia Saudita – Dictadura familiar teocrática que desconoce que en otras partes exista algo llamado derechos humanos.

    Venezuela, Cuba, Corea del Norte, China, Yemen, y tantos otros que tienen voz y voto en las Naciones Unidas.

    “Artículo 10

    2. Cualquier votación del Consejo de Seguridad, ya sea para la elección de magistrados o para el nombramiento de miembros de la conferencia prevista en el artículo 12, se realizará sin distinción alguna entre miembros permanentes y no permanentes del Consejo de Seguridad”.

    Miembros no permanentes tienen igual derecho que los demás. Imagínense los votos donde la mayoría son dictaduras: “Los puestos no permanentes se dividen en cinco de entre los Estados de África y Asia, uno de entre los Estados de Europa Oriental, dos de entre los Estados de América Latina y el Caribe, y dos de entre los Estados de Europa Occidental y otros Estados.”

    “Artículo 38

    1. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, aplicará:

    C. los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas;”

    Aquí aparece algo más fuerte. Me pregunto: ¿Quién tiene derecho y bajo qué conceptos puede definir cuáles son las naciones civilizadas y cuáles no lo son?

    ¿Siria asesinando medio millón de sus habitantes es una nación civilizada?

    ¿Irán ahorcando públicamente a homosexuales y disidentes (más de 800 el año pasado), y apadrinando el terrorismo en todos los continentes, es una nación civilizada?

    ¿Qatar financiando a todos los grupos terroristas islámicos, es una nación civilizada?

    ¿Rusia intentando devorarse a Ucrania, es una nación civilizada?

    ¿Yemen masacrando una mitad de su población, es una nación civilizada?

    ¿Líbano, Siria, Irak, Yemen, Irán, enviando misiles a asesinar civiles en territorio israelí, son naciones civilizadas?

    Paso ahora a una consideración final. Salvo alguna honrosa excepción que deja claro la forma de pensar y actuar de ustedes como entidad, nada bueno cabe esperar de ustedes, tanto por los países que ustedes representan, la forma con la que ustedes son elegidos, y especialmente por lo que ha demostrado ser el secretario general de las Naciones Unidas António Guterres. Agréguese los antecedentes propios de ustedes como corte penal, que NADA HAN HECHO en las guerras que hoy existen, mucho más importantes en número de muertes que la de Israel contra el terrorismo de Hamás, y que ustedes y vuestro fiscal no toman en cuenta, pero sí se preocupan por que Israel pueda matar algunos terroristas más para liberar a los rehenes en Gaza.

    INVESTIGUEN A HAMAS
    INVESTIGUEN A HEZBOLLAH
    INVESTIGUEN A LOS HUTIES
    INVESTIGUEN A QUIENES GOBIERNAN LOS PAISES DESDE LOS QUE NOS BOMBARDEAN A DIARIO
    ENTRÉGUENNOS A LOS REHENES QUE ESTAN EN PODER DE HAMAS Y JIHAD ISLAMICA, EN GAZA, EN ALGUN TUNEL.
    ENTRÉGUENNOS A ‎Ismail Haniya · ‎Yahya Sinwar · ‎Mohamed Deif, A QUIENES ASEGURAMOS UN JUICIO IMPARCIAL COMO LO TUVO ADOLF EICHMANN

    DESPUES DE ESO, TAL VEZ RECONOZCAMOS QUE USTEDES EXISTEN.

    Mauricio Aliskevicius
    Estado de Israel    

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    6 thoughts on “Carta abierta a la Corte Penal Internacional”
    1. Al autor se le olvidó mencionar uno de los puntos que pueden ser más sangrantes, incluso antisemitas, y es que estos tribunales o cortes internacionales normalmente exigen que las denuncias antes hayan pasado por todos los tribunales del estado o donde se encuentre el denunciado, y suelen ser varios escalafones judiciales hasta alcanzar los máximos estamentos judiciales que tienen todos los países democráticos civilizados. Es el denominado principio de complementariedad antes de iniciar un proceso penal en la CPI. Esto significa que, en principio, la CPI dará prioridad a los procesos nacionales antes de involucrarse ella misma. Sólo cuando un estado haya agotado todos sus recursos judiciales internos y se considere incapaz o no dispuesto a juzgar a un acusado de forma justa, la CPI iniciará su propia investigación. Hay varias razones de peso para esto, entre las que destaca respetar la soberanía de los estados, de paso así se preserva la capacidad de la CPI como última instancia, no como primer instancia. Aunque no soy experto en derecho ni conozco cómo están distribuidas las competencias en materia judicial entre Israel y Palestina, que aún no es un estado soberano, esta denuncia también podría considerarse un desprecio a la democracia de Israel. Hace unos días, la Fiscal General de Israel Gali Baharav-Miara habló sobre esto mismo, recordando que en Israel existe un sistema judicial que es muy capaz de juzgar todas las denuncias que se presenten, por otra parte como ocurre en la mayoría de estados democráticos occidentales, no como ocurre en las repúblicas bananeras de Irán, Siria o en Palestina.

      Precisamente el sistema judicial de España, uno de los países que ahora mismo más está haciéndose notar contra Israel, bien podría ser más propio de una república bananera que de un a democracia occidental. En España la asociación Jueces para la Democracia es la asociación muy minoritaria de los jueces españoles que defienden hacer las cosas como en las democracias normales de otros países, o casi que sería lo mismo decir que son los jueces de los socialistas, mientras que el resto o la inmensa mayoría de los jueces españoles son «apolíticos o independientes», es decir, los que no quieren perjudicarse o flagelarse perdiendo algún resto o las migajas que les dejen los otros jueces que deben conocer todos de sobra. Según unos recientes artículos publicados en la prensa de izquierdas, los jueces que todos conocen son el 33% de los jueces españoles de la secta ultracatólica del Opus, más los otros muchos jueces fascistoides y los de otras sectas ultracatólicas que seguro debe haber. El Opus normalmente no van anunciándose por las calles, o no si no le van sacar algún beneficio, nadie tiene por qué saber los que son del Opus, no se distinguen salvo que alguien tenga un don que logre identificar a los que se crean santos católicos vivientes. En regiones como Navarra, muy penetrada por esta secta, han sido habituales las noticias sobre sentencias esperpénticas, por ejemplo acusando a mujeres quizás solo por ser feministas, o librado a los machistas, incluso a asesinos que les sean afines, como fue el caso del médico psiquiatra José Diego Yllanes Vizcay. Los más altos tribunales y órganos judiciales españoles también están siempre con rencillas políticas, hasta hace poco llegaron a estar totalmente inutilizados durante años por esto mismo, porque los dos partidos mayoritarios pretenden colocar a sus jueces afines y así asegurarse que ganarán las sentencias que les favorezcan. Estas rencillas de los jueces españoles han llegado hasta el Tribunal de Estrasburgo o Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europe, otro tribunal pantomima casi calcado del CPI, donde tras unas rencillas muy marrulleras al final ganó la plaza reservada para España la jueza del Opus Dei María Elósegui Itxaso, curiosamente parece que también estafaron a los europeos con lo de dar una plaza a las mujeres, siendo esta jueza tan feminista y homófoba como lo son los jueces de Irán.

    2. Espero que esta carta se traduzca y sea leída realmente por miembros de la Corte Internacional porque que quede sólo en Aurora Digital no tiene sentido.

      1. Esta carta ya fue leída por lo menos donde me consta: Nueva York, México, Uruguay, seguramente en otros sitios. Lo importante es que haya muchas personas que lean que existe otro punto de vista que difiere de la persona o entidad a quien va dirigida la carta.

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